San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, México., a 25 de mayo de 2010.
A tres años de la desaparición forzada de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez, ejecutada por elementos del Ejército Mexicano y cuerpos policíacos en la ciudad de Oaxaca en 2007, este Centro de Derechos Humanos exige la presentación con vida de los dos desaparecidos y condena enérgicamente esta práctica utilizada reiteradamente por el Estado mexicano para inhibir la inconformidad social y política de quienes cuestiona su actuar.
La desaparición forzada de personas es un crimen contra la humanidad, puesto que implica una violación múltiple y continuada de derechos humanos esenciales de carácter inderogables y protegidos por los tratados internacionales: a la vida; a la libertad personal; a la integridad personal; a la seguridad personal; a tener personalidad jurídica; protección judicial y garantías judiciales. Es una práctica reprobable que los agentes del Estado, ya sea de manera directa o indirecta siguen utilizando como una forma de represión a grupos u organizaciones que disienten con la política económica y social del gobierno mexicano.
Toda la sociedad tiene el irrenunciable derecho de conocer la verdad de lo ocurrido, así como las razones y circunstancias en las que aberrantes delitos llegaron a cometerse, a fin de evitar que esos hechos vuelvan a ocurrir en el futuro. A la vez, nada puede impedir a los familiares de las víctimas conocer lo que aconteció con sus seres más cercanos. Tal acceso a la verdad, supone no coartar la libertad de expresión; la formación de comisiones investigadoras cuya integración y competencia habrán de ser determinadas conforme al correspondiente derecho interno de cada país y el otorgamiento de los medios necesarios para que sea el propio Poder Judicial el que pueda emprender las investigaciones que sean necesarias.[1]
El Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas saluda a La Jornada Nacional Contra las Desaparición Forzada en México, deseando que todas y todos aquellos que por motivos sociales o de resistencia han desaparecido en manos del Estado mexicano, regresen a casa.
[1] CIDH, Caso 10.480 Lucio Parada Cea, Héctor Joaquín Miranda Marroquín, Fausto García Funes, Andrés Hernández Carpio,José Catalino Meléndez y Carlos Antonio Martínez Romero (El Salvador), Relación 1/99, párrafo 152.
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Comunicate con nosotros vía Skype: medios.frayba
Gubidcha Matus Lerma
Comunicación Social
Área de Sistematización e Incidencia / Comunicación
Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas A.C.
Calle Brasil #14, Barrio Mexicanos,
San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, México
Código Postal: 29240
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A tres años de la desaparición forzada de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez, ejecutada por elementos del Ejército Mexicano y cuerpos policíacos en la ciudad de Oaxaca en 2007, este Centro de Derechos Humanos exige la presentación con vida de los dos desaparecidos y condena enérgicamente esta práctica utilizada reiteradamente por el Estado mexicano para inhibir la inconformidad social y política de quienes cuestiona su actuar.
La desaparición forzada de personas es un crimen contra la humanidad, puesto que implica una violación múltiple y continuada de derechos humanos esenciales de carácter inderogables y protegidos por los tratados internacionales: a la vida; a la libertad personal; a la integridad personal; a la seguridad personal; a tener personalidad jurídica; protección judicial y garantías judiciales. Es una práctica reprobable que los agentes del Estado, ya sea de manera directa o indirecta siguen utilizando como una forma de represión a grupos u organizaciones que disienten con la política económica y social del gobierno mexicano.
Toda la sociedad tiene el irrenunciable derecho de conocer la verdad de lo ocurrido, así como las razones y circunstancias en las que aberrantes delitos llegaron a cometerse, a fin de evitar que esos hechos vuelvan a ocurrir en el futuro. A la vez, nada puede impedir a los familiares de las víctimas conocer lo que aconteció con sus seres más cercanos. Tal acceso a la verdad, supone no coartar la libertad de expresión; la formación de comisiones investigadoras cuya integración y competencia habrán de ser determinadas conforme al correspondiente derecho interno de cada país y el otorgamiento de los medios necesarios para que sea el propio Poder Judicial el que pueda emprender las investigaciones que sean necesarias.[1]
El Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas saluda a La Jornada Nacional Contra las Desaparición Forzada en México, deseando que todas y todos aquellos que por motivos sociales o de resistencia han desaparecido en manos del Estado mexicano, regresen a casa.
[1] CIDH, Caso 10.480 Lucio Parada Cea, Héctor Joaquín Miranda Marroquín, Fausto García Funes, Andrés Hernández Carpio,José Catalino Meléndez y Carlos Antonio Martínez Romero (El Salvador), Relación 1/99, párrafo 152.
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