GUERRA EN LA SELVA PERUANA

Por Luz del Alba Belasko


.Por derecho, posesión, tradición y tiempo la selva peruana es de los pueblos amazónicos

.Corporaciones transnacionales con ayuda del gobierno habrían decido eliminar comunidades nativas para apropiarse de recursos naturales.

.Muy triste por todos los momentos que están viviendo nuestros hermanos en la selva , hay tanta impotencia de no poder hacer nada sólo esperar que pronto se solucione.

Casi con espanto pude ver el spot que el gobierno mando a los medios de comunicación , asombrada vi que salía en todos los canales …eso cuanto dinero le cuesta al pueblo. Es evidente que esta táctica pretende negar el genocidio cometido en Bagua, para no ser juzgados por el delito de lesa humanidad. En varias oportunidades el presidente García repite cifras sobre la cantidad de indígenas y la distribución de las tierras de la selva: para los 400 mil nativos ó 600 mil – lo cual indica que no sabe a ciencia cierta cuantos son los habitantes de las 1.350 comunidades nativas el señor presidente – están destinadas 12 millones de hectáreas, luego en una declaración dice 10 millones en otra 15 millones de hectáreas para los santuarios ecológicos y entre 40 millones o 50 millones de hectáreas para la explotación de recursos naturales de los 65 millones de hectáreas que ocupa la selva peruana.

Distribución del territorio amazónico a todas luces inventada por el presidente García. Porque uno de los puntos del intento de diálogo del presidente de AIDESEP Alberto Pizango Chota, con el primer ministro Yehude Simon Munaro, el fundamental de los 4 que presento el presidente indígena Pizango como puntos de agenda es el de territorios y territorialidad, al no haber ningún plano que haya identificado por parte del Estado los territorios de cada una de las 61 etnias amazónicas peruanas. En consecuencia no se puede saber si una concesión invade o no el territorio de alguna etnia, y aún más como puede decir el presidente García que sólo 12 millones de hectáreas les pertenece a los nativos ¿De dónde ha sacado esa cifra el señor presidente?


Me preocupa más la muerte de nuestros hermanos nativos ; sus cadáveres después de haber sido baleados les echaron gasolina y les prendieron fuego ( para que no ser reconocidos ) y a otros aún vivos los soltaron en los bosques desde helicópteros .Quien cuidará a las madres , esposas e hijos de los nativos a ellos nos les dan pensión ,honores etc. Que hay de ellos!!!Que has de la justicia!!

Lo que pasa en la selva peruana esta ligada con el friaje. Los climas extremos son consecuencia de la contaminación, por eso es necesario apoyar a los nativos para que cuiden la amazonía que son los pulmones del mundo.


La historia de la lucha de clases enseña que sólo hay dos caminos de solución a los conflictos, la paz o la guerra. El pacifista León Tolstoi describió ambas formas de solución como contradictorias y que finalmente no hay formatos intermedios. Gandhi expresó una verdad irrefutable: la Paz es el camino, no hay caminos hacia la Paz. Las guerras, sin embargo, son consustanciales a la lucha de clases; por lo tanto las guerras se producirán mientras no se eliminen las clases sociales y la humanidad pase de la sujeción a la necesidad al reino de la libertad.

Opiniones de que el operativo policial de despeje de la carretera la marginal de la selva, nombrada hace pocos años como Fernando Belaunde Terry, a la altura de la curva del diablo, fue un error, estuvo mal diseñado o similares apoyan la guerra sucia contra los indígenas; porque el operativo se ubica dentro de una estrategia de guerra, es parte de un plan estratégico para enfrentar la oposición de las comunidades nativas a la política de privatizar vía concesión la selva a favor de las corporaciones transnacionales.

Es probable que los policías estuviesen poco motivados para disparar contra los huelguistas, o quizá ni siquiera deseaban ir tal como muchas de sus esposas en las radios declararon. Con la muerte de sus compañeros es posible que reaccionen con más fiereza en el combate, como en los tiempos de guerra contra el terrorismo, en que según la Comisión de la Verdad la muerte de inocentes en manos de las fuerzas del orden suman miles. Un principio del fascismo es que el militar o policía actúen sin prejuicios morales o éticos, envenenados por el odio hacia el enemigo, en esta oportunidad hacia los indígenas aunque ellos mismos lo son; y la guerra sucia es usada por gobiernos dictatoriales, profascistas o abiertamente fascistas, que pierden la legitimidad de las leyes capitalistas constitucionales.

Así pronuncian acusaciones o comentarios pueriles sobre el salvajismo con que fueron asesinados los policías, como si la policía mató humanamente a los nativos desarmados a balazos. El asesinato es inhumano se haga como se haga. Los policías están en la obligación de evaluar la orden que se les da, si es ética y moralmente correcta, si va de acuerdo a su conciencia como ser humano; si las órdenes son contrarias a los principios éticos y morales y a la conciencia del propio policía deben ser desobecidas. Ese es un principio jurídico mundialmente aceptado el de objeción de conciencia. Si se comprueba que embolsaron los cadáveres o los incineraron (como hizo el comandante Kerosene del Grupo Colina) de los nativos muertos deberán ser juzgados por delitos de lesa humanidad. También es preciso señalar que el decreto legislativo que permite el uso de armas por parte de las fuerzas del orden en contra de los manifestantes es ilegítimo y anticonstitucional, y en un juzgado no podrá ser utilizado como argumento de defensa contra la acusación de genocidio u homicidio calificado.


Muchas Preguntas


¿En qué momento las nacionalidades de la selva entregaron sus tierras en propiedad al Estado? ¿Cuándo el Estado distribuyó las tierras de la selva entre las diferentes etnias originarias? ¿Cuál es la ley que permite a un gobierno, cuyo periodo sólo es de 5 años, cambiar el estado jurídico de las tierras de la selva según los intereses de las empresas que desean explotar los recursos naturales en ellas encontradas? ¿Cuándo se realizaron las reuniones entre las etnias amazónicas y el Estado para delimitar los territorios de cada una? ¿Dónde están los planos de la selva peruana que establezcan los espacios de cada etnia aprobados por una ley? Estos son los temas jurídicos que el derecho internacional y la Constitución de 1993 resolvieron a favor de los pueblos de la selva peruana.

El Convenio 169 de la OIT en su Parte II Tierras establece en el Artículo 13:

1. Al aplicar las disposiciones de esta parte del Convenio, los gobiernos deberán respetar la importancia especial que para las culturas y valores espirituales de los pueblos interesados reviste su relación con las tierras o territorios, o con ambos, según los casos que ocupan o utilizan de alguna otra manera y en particular los aspectos colectivos de esa relación.

2. La utilización del término “tierras” en los artículos 15 y 16 deberá incluir el concepto de territorios, lo que cubre la totalidad del hábitat de las regiones que los pueblos interesados ocupan o utilizan de alguna otra manera.

Si no hay un dispositivo legal que establezca los limites territoriales de cada etnia y mucho menos se han iniciado las discusiones sobre este punto, que fue lo primero que planteó el presidente de AIDESEP Pizango en la única reunión con el primer ministro Simon ¿En base a qué se dieron los decretos legislativos 1064 y 1090? Sólo se explica este delito del Estado por los intereses de las corporaciones transnacionales en apropiarse de las tierras indígenas para explotar los recursos naturales donde estén, sea territorio de una comunidad nativa o no. El Estado capitalista está violando el artículo 13 del Convenio de la OIT pues ya hay denuncias que algunas concesiones se sobreponen a tierras reclamadas como suyas por comunidades nativas. Pues el concepto de tierras abarca como dice el Convenio la totalidad del hábitat de las regiones que los pueblos interesados ocupan o utilizan de alguna otra manera. Los 12 millones de hectáreas que inventa García como propiedad de los pueblos amazónicos son muchísimo más si se aplica correctamente el artículo 13 del Convenio de la OIT.

Refuerzan este concepto los siguientes artículos del Convenio 169 de la OIT:

Artículo 14

1. Deberá reconocerse a los pueblos interesados el derecho de propiedad y de posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan.

Además, en los casos apropiados, deberán tomarse medidas para salvaguardar el derecho de los pueblos interesados a utilizar tierras que no estén exclusivamente ocupadas por ellos, pero a las que hayan tenido tradicionalmente acceso para sus actividades tradicionales y de subsistencia. A este respecto, deberá prestarse particular atención a la situación de los pueblos nómadas y de los agricultores itinerantes.

2. Los gobiernos deberán tomar las medidas que sean necesarias para determinar las tierras que los pueblos interesados ocupan tradicionalmente y garantizar la protección efectiva de sus derechos de propiedad y posesión.

3. Deberán instituirse procedimientos adecuados en el marco del sistema jurídico nacional para solucionar las reivindicaciones de tierras formuladas por los pueblos interesados.

Este artículo firmado por el Estado peruano el 27 de junio de 1989 junto con todos los del Convenio evidentemente, niega las aspiraciones de las corporaciones transnacionales de explotar los recursos naturales de la selva peruana en los territorios de los pueblos amazónicos. ESTA ES LA VERDADERA RAZÓN POR LA CUAL ABRUPTAMENTE DIERON LOS DECRETOS LEGISLATIVOS 1064 Y 1090, PRESIONADOS POR LAS CORPORACIONES TRANSNACIONALES, QUE EN PALABRAS DE LOS COMPROMETIDOS EN LOS PETROAUDIOS HABRÍAN ACEITADO BIEN A LOS AUTORES DE LOS DECRETOS, ACEITE QUE NO QUERRÍAN O YA NO PUEDEN DEVOLVER.

Para que no quepa duda sobre los derechos de los indígenas el Convenio 169 de la OIT remacha con el

Artículo 15

1. Los derechos de los pueblos interesados a los recursos naturales existentes en sus tierras deberán protegerse especialmente. Estos derechos comprenden el derecho de esos pueblos a participar en la utilización, administració n y conservación de dichos recursos.

2. En caso de que pertenezca al Estado la propiedad de los minerales o de los recursos del subsuelo, o tenga derechos sobre otros recursos existentes en las tierras, los gobiernos deberán establecer o mantener procedimientos con miras a consultar a los pueblos interesados, a fin de determinar si los intereses de esos pueblos serían perjudicados y en qué medida, antes de emprender o autorizar cualquier programa de prospección o explotación de los recursos existentes en sus tierras. Los pueblos interesados deberán participar siempre que sea posible en los beneficios que reporten tales actividades, y percibir una indemnización equitativa por cualquier daño que puedan sufrir como resultado de esas actividades.



LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO HA TERMINADO EL ESTUDIO DEL DECRETO LEGISLATIVO 1064 Y CONCLUYE QUE AFECTA EL DERECHO DE PROPIEDAD DE LOS INDÍGENAS SOBRE SUS TIERRAS. ADEMÁS SEÑALA QUE LOS DECRETOS SON INCONSTITUCIONALES PORQUE NO HUBO LA CONSULTA QUE OBLIGA EL CONVENIO 169 DE LA OIT. A PESAR DE TODO ELLO LA ALIANZA APRA – FUJIMORISMO – UNIDAD NACIONAL SE NEGARON A DEROGAR LOS INCONSTITUCIONALES DECRETOS.

¿QUIÉN ES EL CARNICERO DE BAGUA? ¿Será el mismo Carnicero de los Penales de 1986? Tarea para los defensores de los derechos humanos.

En un país capitalista la política es un negocio rentable. Se convierte en un toma que te doy.

Es evidente que esta táctica pretende negar el genocidio cometido en Bagua, para no ser juzgados por el delito de lesa humanidad. Incluso imputan a los nativos la calidad de terroristas.

En muchos países del mundo cientos de manifestantes han hecho plantones ante las embajadas y consulados peruanos. Oficinas de las Naciones Unidas piden explicaciones al gobierno aprista sobre una huelga que dura 60 días y sobre lo acontecido en Bagua.