Carta sobre la seguridad de los periodistas en zonas de conflicto y de tensiones

Pese a la protección que ofrece el derecho internacional, en la práctica no siempre está garantizada la seguridad de los periodistas en misiones peligrosas, pues cada vez respetan menos ese derecho algunas de las partes en conflicto. Los profesionales de la información no consiguen obtener, de los beligerantes, una garantía plena sobre su seguridad.

Pero, frente a los riesgos que corren al servicio de la información del público, los profesionales de la información, periodistas y personas que les acompañan a cubrir las zonas de conflicto y de tensiones, ya sean de plantilla o contratados ocasionales, tienen derecho a esperar protección, contrapartidas y garantías básicas de sus empresarios y, en ningún caso, esa protección debe equipararse con estar a las órdenes de las autoridades militares o gubernamentales.

Por otra parte, las propias direcciones de los medios de comunicación deben poner en práctica todos los medios que sirvan para prevenir y limitar los riesgos que se corren: esto también forma parte de su responsabilidad. A este efecto, deben tenerse en cuenta los siguientes ocho principios.

Principio 1 - El compromiso

Los medios de comunicación, los poderes públicos y los propios periodistas deben
buscar sistemáticamente los medios para medir y limitar los riesgos que corren en los conflictos armados y en las zonas peligrosas. Para ello, deber n ponerse de acuerdo e intercambiar todas las informaciones que puedan resultar útiles en la materia. Los riesgos que corren tanto los  fijos y contratados, miembros del staff y locales, como el personal que les acompañe, necesitan una preparación, una información, una seguridad y un equipo adecuados.

Principio 2- El pleno acuerdo

Para los profesionales de la información, los conflictos armados implican asumir unos riesgos y un compromiso personal, que justifica el hecho de que vayan, por voluntad
propia, a hacer reportajes en zonas hostiles. Teniendo en cuenta los riesgos que
corren, tienen que poder negarse a ser enviados a zonas de conflicto armado, sin
tener que justificarse por ello y sin que se les pueda acusar de ninguna falta
profesional. Una vez sobre el terreno, se podrá poner fin a la misión del reportero,
tanto a petición propia como de su redacción, de com un acuerdo y en el respeto de las
responsabilidades de unos y otros.

Finalmente, las redacciones estarán atentas a no ejercer presiones que, en modo
alguno, puedan incitar a los enviados especiales a asumir riesgos suplementarios.

Principio 3 - La experiencia

Dado que la cobertura de los conflictos armados requiere aptitudes y una experiencia
específicas, las redacciones deben comprometerse a elegir a redactores o colaboradores contratados que están acostumbrados a las situaciones de crisis. Los periodistas que vayan a cubrir una situación de guerra por primera vez no deberán ir solos, sino acompañados por un reportero más experimentado. Debe favorecerse el trabajo en equipo sobre el terreno. Las redacciones garantizarán un "debriefing"
sistemático de su personal, al regreso de las misiones, para aprovechar la experiencia más acumulada.

Principio 4 - La preparación

Una preparación  regular sobre las formas de afrontar los peligros en zonas de conflicto y tensiones puede limitar los riesgos que corren los periodistas. Las redacciones deben informar y facilitar el acceso de sus asalariados, y de sus contratados, a las preparaciones específicas que proponga cualquier organismo cualificado, tanto en el plano nacional como internacional.   Cualquier periodista que tenga que trabajar en un ambiente hostil debe tener una formación en cuidados de primeros auxilios.

Las escuelas de periodismo reconocidas por la profesión deben incluir, entre sus materias de formación, un programa de sensibilización acerca de estas cuestiones.

Principio 5 - El equipo

Los enviados especiales en zonas peligrosas deben recibir de su redacción material de seguridad fiable (chalecos anti-balas, cascos, vehículos protegidos si fuera posible), material de comunicación (balizas de localización), de supervivencia, y de primeros auxilios.

Principio 6 - El seguro

Los periodistas, y personal auxiliar, que trabajen en zonas en conflicto o de tensiones deben disponer de un seguro y una asistencia que cubra las enfermedades y la repatriación, la invalidez y el fallecimiento.

Las direcciones de los medios de comunicación tienen la obligación de adoptar las disposiciones necesarias para ello, antes de enviar o de contratar a colaboradores para misiones peligrosas. Deben vigilar la estricta aplicación de los convenios y acuerdos profesionales, cuando existan.

Principio 7 - El apoyo psicológico

Las direcciones de los medios de comunicación deben facilitar que los periodistas y el
personal de acompañamiento que lo deseen puedan disfrutar de apoyo psicológico, a
su regreso del trabajo en zonas hostiles o después de haber hecho reportajes sobre
acontecimientos traumáticos.

Principio 8 - La protección jurídica

Los periodistas en misión peligrosa están considerados como personas civiles, en
virtud del artículo 79 del primer protocolo adicional de la Convención de Ginebra,
siempre que no emprendan ninguna acción ni adopten ningún comportamiento que
puedan comprometer ese estatuto, y especialmente que no contribuyan directamente
al esfuerzo de la guerra, armándose o desarrollando actividades de espionaje. Una
ataque deliberado que tenga como consecuencia la muerte, o signifique un atentado
grave contra la integridad física de un periodista, constituye una infracción grave del
Protocolo, es decir un crimen de guerra.


Este es un documento que todos los reporteros debemos de conocer. 

  Reporteros sin fronteras ha hecho un esfuerzo para mantener todas estas reglas en enviados especiales, corresponsales y free-lance o periodistas independientes.








LA REDACCIÓN
PapelRevolución