Por
decreto del
congreso del estado de Guerrero, México, fue creada la Comisión de la
Verdad en el estado de Guerrero, para estudiar el periodo histórico de
“Terrorismo de Estado” mal llamado de la guerra sucia en la entidad,
que victimo a personal guerrillero, a sus familiares, los amigos y gente
por completo desconectada del problema, que desemboco en ejecuciones
extrajudiciales (asesinatos), Desapariciones forzadas, Tortura de
detenidos, detenciones arbitrarias, encarcelamientos arbitrarios,
captura de personas para ser enviadas en vuelos de la muerte hacia el
océano pacifico y hacia el “Pozo Meléndez”, persecuciones políticas,
comunidades bombardeadas, arrasadas y en general, diversos delitos del
Derecho Internacional catalogados como crímenes de lesa humanidad
incluso genocidio.
El congreso del estado no tomo en
consideración que
se
trata de un panorama del Derecho Penal Internacional y que se
convierten en crímenes del Derecho Penal Federal.
Sobre
esta materia se presentaron ante la Procuraduría General de la
Republica (PGR) y posteriormente ante la Fiscalía para Crímenes
Políticos del Pasado… (FMOSPP) unos seiscientos casos distintos y sus
expedientes, deben ser tomados en consideración por la naciente comisión
de la verdad.
La PGR y su FMOSPP
por su cuenta, tomaron conocimiento de casos de Desaparición Forzada,
Torturas, Ejecuciones Extrajudiciales y otros delitos de lesa humanidad,
culminando con señalamientos en contra del
ex presidente Luis Echeverría, de los generales Mario Arturo Acosta
Chaparro, Francisco Quiros Hermosillo y
de otros destacados elementos de la vida pública federal y estatal. El
rango de FMOSPP fue de nivel inferior, y los acusados fueron de rango
muy elevado, de modo que el fiscal, no obtuvo el poder necesario para
continuar hasta el final las investigaciones. El final de FMOSPP fue su
desintegración. Pero los expedientes están integrados y deben ser del
conocimiento de la Comisión de la Verdad de Guerrero.
La
Comisión de la Verdad de Guerrero, debe ser investida del máximo rango
que el gobierno de Guerrero pueda dar, para no volver a caer en la
desigualdad de rangos en que estuvo la FMOSPP.
Por
otro lado el
Congreso del estad de Guerrero debe legislar, armonizando el derecho
internacional penal y el derecho internacional
de los Derechos Humanos, con las leyes estatales, de otra manera, esta
comisión nada puede hacer.
La Comisión de la
Verdad de Guerrero debe ser independiente, imparcial y competente, para
poder llevar a cabo su cometido.
Por otro lado las Partes
-los organismos de la sociedad civil y los imputados- deben tener
presencia dentro de esta comisión para poder participar con documentos,
testimonios, opiniones, transmisión de relatos y otros elementos de que
se disponga, para que la Comisión los tome en consideración,
enriqueciendo su panorama.
Existen
expedientes, testimonios y relatos y confesiones y otros elementos, en
distintas dependencias para no repetir lo ya
hecho y, sobre todo algunos actores y testigos han fallecido, sin
embargo hay documentales que acreditan los sucesos en que participaron.
La
Comisión debe tomar conocimiento de que algunos testigos fueron
asesinados para evitar que hablaran y los que lograron hablar, también
fueron objeto de crimen, de modo, que ha disminuido el número de
personas vivas y sanas mentalmente que puedan testimoniar y aportar
documentos.
Antiguamente se
tuvo la costumbre de que para combatir a la delincuencia, solo otro
delincuente lo podía hacer. En el caso que nos ocupa, hay criminales de
lesa humanidad, responsables de los
hechos que conocerá la Comisión de la Verdad, en nuestros días, ocupan
cargos en el gobierno federal para
combatir el narcotráfico, por lo tanto, la Comisión de la Verdad se
enfrentara a personajes con poder federal.
La
Comisión de la Verdad propugnara la reconciliación entre ofensores y
ofendidos, pero, mientras no se haga justicia, no puede caber la
reconciliación, así como no hay reconciliación entre tiburones y
sardinas o entre lobos y corderos.
La
Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y Víctimas de
Violaciones a los Derechos Humanos en México (AFADEM), esta lista para
colaborar en esta Comisión, en bien de millares de familiares de
Detenidos Desaparecidos y victimados en sus Derechos
Humanos en el estado de Guerrero y, al mismo tiempo solicita ejercer el
derecho de participación dentro de esa
honorable Comisión.
Sin más por el
momento
FRATERNALMENTE
JULIO MATA MONTIEL
Secretario Ejecutivo de
AFADEM
y vocal de
comunicaciones de FEDEFAM
----------------------------------------------------
Asociación de Familiares de Detenidos
Desaparecidos y
Víctimas de Violaciones a los Derechos Humanos en México
AFADEM-FEDEFAM
AFADEM 1978-2012 34 años de lucha contra la impunidad en México
FEDEFAM 1981-2012 31 años de lucha contra la impunidad en el mundo
Pag web: http://espora.org/afadem
¡POR LA VIDA Y LA LIBERTAD, NI DESAPARECIDOS NI IMPUNIDAD!
¡HAGAMOS DE CADA INJUSTICIA, UNA BANDERA DE LUCHA!
La Desaparición Forzada de Personas (DFP) es un delito de Estado, de lesa humanidad, imprescriptible y/o continuado, no es delito politico, sin posibilidad de indulto o amnistia, debe ser investigado en el fuero comun, no en fuero de guerra.
Víctimas de Violaciones a los Derechos Humanos en México
AFADEM-FEDEFAM
AFADEM 1978-2012 34 años de lucha contra la impunidad en México
FEDEFAM 1981-2012 31 años de lucha contra la impunidad en el mundo
Pag web: http://espora.org/afadem
¡POR LA VIDA Y LA LIBERTAD, NI DESAPARECIDOS NI IMPUNIDAD!
¡HAGAMOS DE CADA INJUSTICIA, UNA BANDERA DE LUCHA!
La Desaparición Forzada de Personas (DFP) es un delito de Estado, de lesa humanidad, imprescriptible y/o continuado, no es delito politico, sin posibilidad de indulto o amnistia, debe ser investigado en el fuero comun, no en fuero de guerra.
No es un delito del pasado, es un delito actual que se comete para aterrorizar a la población
En México, existen
mas de 1200 ciudadanos Detenidos Desaparecidos por diversas fuerzas del
Estado
Presentación con vida de:
Víctor AYALA TAPIA, detenido desaparecido el 14 de septiembre de 2010 en Papanoa, Tecpan de Galana, Guerrero, México.
Erick Issac MOLINA GARCÍA, detenido desaparecido el 14 junio de 2008 en Acapulco, Guerrero, México.
Francisco PAREDES RUIZ, detenido desaparecido el 26 de sep de 2007 en Morelia, Michoacan, México.
Gabriel Alberto CRUZ SANCHEZ, detenido desaparecido el 24 de mayo de 2007 en Oaxaca, Oaxaca, México.
Edmundo REYES AMAYA, detenido desaparecido el 24 de mayo de 2007 en Oaxaca, Oaxaca, México.
Jorge Gabriel CERON SILVA, detenido desaparecido el 14 de marzo de 2007 Chilpancingo, Guerrero, México.
¡Cumplimiento a la sentencia caso:12511 Rosendo RADILLA PACHECO, ordenado por la Corte Interamericana de DH el 23 de noviembre de 1999
Presentación con vida de:
Víctor AYALA TAPIA, detenido desaparecido el 14 de septiembre de 2010 en Papanoa, Tecpan de Galana, Guerrero, México.
Erick Issac MOLINA GARCÍA, detenido desaparecido el 14 junio de 2008 en Acapulco, Guerrero, México.
Francisco PAREDES RUIZ, detenido desaparecido el 26 de sep de 2007 en Morelia, Michoacan, México.
Gabriel Alberto CRUZ SANCHEZ, detenido desaparecido el 24 de mayo de 2007 en Oaxaca, Oaxaca, México.
Edmundo REYES AMAYA, detenido desaparecido el 24 de mayo de 2007 en Oaxaca, Oaxaca, México.
Jorge Gabriel CERON SILVA, detenido desaparecido el 14 de marzo de 2007 Chilpancingo, Guerrero, México.
¡Cumplimiento a la sentencia caso:12511 Rosendo RADILLA PACHECO, ordenado por la Corte Interamericana de DH el 23 de noviembre de 1999