Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas critica duramente al Estado mexicano

Los días 8 y 9 de marzo se llevó a cabo la sesión del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, en la que los expertos que conforman este órgano, cuestionaron al estado mexicano sobre la implementación del contenido del Pacto de Derechos Civiles y Políticos de la ONU. La delegación del gobierno mexicano estuvo representada por funcionarios y funcionarias por una amplia delegación que contempló 15 dependencias.

Las principales preocupaciones expresadas por el Comité incluyeron: militarización, fuero militar, arraigo, delitos del pasado y desaparición de la FEMOSSP, tortura, condiciones carcelarias, jerarquía de los tratados internacionales, violencia contra la mujeres, marco normativo que regula el aborto, periodistas y defensores de derechos humanos, derechos de la comunidad de lesbianas, gays, bisexuales y transgénero (LGBT) y situación de los derechos de los pueblos indígenas y la aplicación del artículo 33.



Tortura

El Comité expresó en reiteradas ocasiones, sin recibir una respuesta clara, su alarma por el uso de la tortura para obtener confesiones, el que el sistema penal dé valor probatorio a declaraciones obtenidas sin control judicial y que la tortura quede en la impunidad.



Feminicidios


El Comité fue insistente en preguntar cómo el estado mexicano dará cumplimiento a la sentencia de Campo Algodonero emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a lo que la respuesta sólo se concreto en decir que se están analizando los mecanismos de cumplimiento. Mientras tanto la FEVIMTRA reportó como avance 2 sentencias de 308 investigaciones realizadas.



Arraigo

El Comité recomendó al estado mexicano desaparecer la figura del arraigo. Consideró que esta es una forma de detención arbitraria y que viola las disposiciones del Pacto. Con las preguntas del Comité y las respuestas por parte del estado mexicano se evidenció la falta total de regulación de esta medida.



Militarización y fuero militar

El Comité deploró el saldo de violaciones a los derechos humanos cometidas por las Fuerzas Armadas. Algunos de los expertos indicaron que se configura una suspensión de facto de los derechos humanos en algunas zonas del país. Expresaron que el Estado no puede justificar de manera alguna proporcionar un trato diferencial a los elementos castrenses mediante la aplicación del fuero militar a casos de abusos.



Situación de los defensores y defensoras de los derechos humanos

El Comité también expresó su profunda preocupación por la situación de los defensores y defensoras de derechos humanos y la criminalización de la protesta social. En particular retomó el caso de las mujeres indígenas Alberta Alcántara y Teresa González de Querétaro, expresando su rechazo al que fueran sentenciadas a 21 años de prisión tras un proceso “sin intérpretes, sin debido proceso, y la prueba es una foto”. Se pidió al Estado que revise este caso. Igualmente retomó y pidió una explicación por el caso del también preso de conciencia Raúl Hernández en Guerrero.



Sobre este tema una de las expertas del Comité expresó que México tiene “un problema grave y que la palabra mágica programa no basta para solucionarlo”.



Armonización legislativa de la LGAMVLV

El Comité preguntó por la armonización legislativa de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en los estados y mencionó como preocupación especial el caso de Guanajuato.

El Comité se consternó ante la información recibida acerca de la sobrepoblación en las cárceles mexicanas y en especial sobre la situación de las mujeres en las mismas.



FEMOSPP y Delitos del pasado


Por otra parte el Comité expresó un rechazo total del cierre de la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp) y la impunidad por los delitos graves de la guerra sucia. Una experta observó con gran consternación que no se trata de delitos cometidos “hace 100 años” sino de crímenes de las décadas recientes y que se siguen dando casos de desapariciones hoy en día, por lo cual el Estado debe restablecer una fiscalía para los delitos del pasado.





Article 19

Asilegal

Católicas por el Derecho a Decidir

Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez

Centro de Derechos Humanos Victoria Diez

Comité para América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM‐México)

Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos

Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE)

Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todas y Todos” (conformada por 68 organizaciones)



RECOMENDACIONES DEL COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS DE LA ONU



El 26 de marzo de 2010 el Comité de Derechos Humanos emitió sus observaciones al informe presentado por el Estado mexicano



Recomendaciones Comité de Derechos Humanos



Ver lista de temas abordadas en el examen a México

Documento de examinación a México



Dentro de las principales preocupaciones del Comité, en materia de derechos humanos de las mujeres se encontraron las siguientes:



* El Comité expresa su preocupación por la falta de progresos significativos en la aplicación de las recomendaciones anteriores del Comité (CCPR/CO/79/Add.109), incluidas las relativas a la violencia contra las mujeres.

* Al Comité le preocupa que, a pesar de algunos progresos realizados en materia de igualdad entre los géneros en los últimos años, las desigualdades entre hombres y mujeres persisten en muchos aspectos de la vida, incluso en la vida política.

* Asimismo, le sigue preocupando la discriminación que sufren las mujeres cuando buscan empleo en la llamada industria de las “maquiladoras” en las regiones fronterizas del norte del Estado parte, donde se las sigue obligando a responder a preguntas personales indiscretas y a someterse a pruebas de embarazo. (arts. 2, 3 y 26)

* Al Comité le preocupa que, pese a la Norma Federal 046 (NOM-046) emitida por el Ministerio de Salud y el dictamen de la Suprema Corte de Justicia sobre la constitucionalidad de la despenalización del aborto en 2008, el aborto sea aún ilegal en todas las circunstancias conforme a las constituciones de muchos estados. (arts. 2, 3, 6 y 26)



Ante estas preocupaciones el Comité genera las siguientes recomendaciones:



* El Estado parte debe intensificar sus medidas para garantizar la igualdad entre mujeres y hombres en todas las esferas, incluida la representación de la mujer en la vida política, entre otras cosas, por medio de campañas de sensibilización y medidas especiales temporales.

* Además, debe combatir la discriminación contra la mujer, en particular en la fuerza de trabajo, y garantizar la supresión de las pruebas de embarazo como requisito para el acceso al empleo.

* El incumplimiento de la prohibición de las pruebas de embarazo debe ser sancionado con eficacia y las víctimas deben recibir una reparación.

* El Estado parte debe fortalecer el mandato de las inspecciones de trabajo con el fin de que puedan vigilar las condiciones de trabajo de las mujeres y garantizar que se respeten sus derechos.

* El Estado parte debe intensificar aún más sus esfuerzos para combatir la violencia contra la mujer, incluso abordando las causas profundas de este problema. En particular, debe:

a) Tomar medidas para garantizar que la legislación de todos los estados está en plena consonancia con la Ley general de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, en particular las disposiciones relativas al establecimiento de una base de datos con información sobre casos de violencia contra la mujer, la creación de un mecanismo de alerta sobre la violencia por motivos de género y la prohibición del acoso sexual;



b) Tipificar el feminicidio en la legislación, incluso a nivel estatal; proporcionar a la Fiscalía Especializada para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas la autoridad necesaria para hacer frente a los actos de violencia cometidos por funcionarios estatales y federales;



c) Llevar a cabo investigaciones rápidas y eficaces y castigar a los autores de actos de violencia contra la mujer, en particular garantizando una cooperación eficaz entre las autoridades estatales y federales;



d) Proporcionar recursos efectivos, incluida la rehabilitación psicológica, y crear refugios para las mujeres víctimas de la violencia;



e) Continuar la realización de cursos de capacitación sobre derechos humanos y género para los funcionarios policiales y el personal militar; y

f) Tomar medidas preventivas y de sensibilización y poner en marcha campañas educativas para cambiar la percepción del papel de la mujer en la sociedad.



* Las instituciones creadas para abordar la violencia contra las mujeres en Ciudad Juárez deben contar con suficiente autoridad y recursos humanos y financieros para cumplir su mandato con eficacia.

* El Estado parte también debe intensificar considerablemente sus esfuerzos para enjuiciar y sancionar a los autores de actos de violencia contra mujeres en Ciudad Juárez y para mejorar el acceso de las víctimas a la justicia.

* El Estado parte debe armonizar la legislación sobre el aborto en todos los estados en consonancia con el Pacto y asegurar la aplicación de la Norma Federal 046 (NOM-046) en todo su territorio. Asimismo, debe tomar medidas para ayudar a las mujeres a evitar embarazos no deseados para que no tengan que recurrir a abortos ilegales o inseguros que puedan poner en riesgo su vida (art. 6).